MINISTERIO DE EDUCACIÓN AFIRMA QUE SITUACIÓN JUDICIAL DEL COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ NO ESTÁ DEFINIDO.
Esto fue ratificado en la promulgación del DECRETO SUPREMO 027-2007-ED publicado en el diario oficial EL PERUANO, donde se aprueba el "Reglamento de la Ley Nº 28649 que autoriza el Concurso Público para nombramiento en plazas vacantes de profesores de Educación Básica y Educación Técnico Productiva".
Dicho Reglamento manifiesta en su SEGUNDA DISPOSICIÓN, TRANSITORIA COMPLEMENTARIA Y FINAL lo siguiente:
" Mientras no se decida judicialmente cuál es el Consejo Directivo legítimamente elegido del Colegio de Profesores del Perú, no será obligatorio el requisito de la Colegiatura dispuesto en el artículo 25º inciso b del presente reglamento".
PD. Adjuntamos Reglamento de Ley Nº 28649
Colegio de Profesores del Perú Telefax 427-4361 Jr. Camaná 560 - Lima
lunes, noviembre 12, 2007
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